La Sociedad de Festeros del Santísimo Cristo de la Agonía de Ontinyent es la entidad que, recoge las tradiciones que se derivan del Patronazgo del Santísimo Cristo de la agonía de 1632; vela por su conservación, organiza, rige y disciplina la Fiesta de Moros y Cristianos, que en honor del Santo Patrón de la Villa, se celebran en agosto.
De acuerdo con los Estatutos, las funciones de la Junta de Festeros son las siguientes:
– La primera y primordial función que tiene la Junta de Gobierno de la Sociedad de Festeros del Santísimo Cristo de la Agonía de Ontinyent es organizar las Fiestas de Moros y Cristianos de Ontinyent siempre de acuerdo con lo que disponen los estatutos y las otras normas de rango inferior a los mismos que pudieran existir.
– Se ocupa de convocar las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias.
– Tiene la potestad de decidir las admisiones, bajas y expulsiones de los socios, siempre atendiendo a las directrices normativas establecidas.
– Es responsable de mantener y velar por el buen uso de los bienes inmuebles y muebles de la Sociedad.
– Determina la adquisición y/o alienación sobre los bienes inmuebles de la Sociedad.
– Organiza y reglamenta aquello relativo a los juegos recreativos, prensa y otras distracciones que disponen los socios. Así mismo de las actividades culturales, deportivas o recreativas y de espectáculos compatibles con el objeto social.
– Administra los fondos de la Sociedad con la obligación de ajustarse al presupuesto aprobado por la Asamblea General de Socios. Tiene la obligación de rendir cuentas sobre la administración de éstas, al finalizar el ejercicio y ante la mencionada Asamblea.
– Está facultada para interpretar los presentes estatutos. También debe cuidar por su fiel cumplimiento, así como de las normas inferiores.
– Puede promover la revisión o modificación de los textos legales que afecten a la Sociedad, aunque eso sí, esas propuestas deben ser sometidas a la aprobación de la Asamblea General Extraordinaria que se convoque para tal finalidad.
– En general, tiene asignadas todas aquellas funciones o atribuciones que no pertenecen expresamente a la Asamblea General de Socios.